Por disputa sobre el estado y uso de las aguas del Silala Chile versus Bolivia La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordena una respuesta de Chile y una réplica de Bolivia

Sala de la Corte Internacional de Justicia en La Haya (foto UN Photo/Frank van Beek)
Mediante la resolución del Tribunal de Corte Internacional de Justicia (CIJ), principal órgano judicial de las Naciones Unidas, Prescribió la presentación de una Respuesta de la República de Chile y una Réplica del Estado Plurinacional de Bolivia, limitado a las contra-demandas del demandado en el caso. sobre la Disputa sobre el estado y uso de las aguas del río Silala entre Chile v Bolivia.
El Tribunal ha fijado el 15 de febrero de 2019 y el 15 de mayo de 2019 respectivamente como fechas de vencimiento,
para la presentación por escrito de estos documentos demandados por la Corte.
Se establece en el orden que tiene Bolivia, de conformidad con el artículo 80 del Reglamento de la Corte, presentó tres contra-reclamaciones en el Memorial de Contestación presentado en el período extendido, a petición suya, hasta el 3 de septiembre de 2018. También se recuerda que, en una carta fechada el 9 de octubre de 2018, el Agente de Chile que, para acelerar el procedimiento, señalo que su Gobierno no impugnaría la admisibilidad de la
contra-demandas.
En su orden, el Tribunal señala además que en una reunión celebrada el 17 de octubre 2018 por su presidente, el Agente de Chile consideró que «si el Tribunal decidiera que un segundo requerido, [de estos documentos] deben limitarse al examen de las solicitudes contra-demandas «.
Agregó que el Agente de Bolivia había declarado que «una segunda ronda es necesario para garantizar que ambas partes puedan tratar adecuadamente cuestiones tácticas y jurídicas planteadas en el caso «.
Finalmente, el Tribunal observa que, como Chile no ha impugnado la admisibilidad de las contra-indicaciones de Bolivia, no lo considera necesario en esta etapa pronunciarse en forma definitiva en cuanto a si las condiciones establecidas en el artículo 80 (1) del Reglamento se cumplen.
Swisslatin / CIJ news (30.11.2018)