Convenio de la OIT abre esperanzas para mejorar condiciones laborales de los marinos
Nueva norma internacional se aplicará al 75% de los trabajadores de la flota mercante mundial.
Después de 7 años de que afuera aprobado, este martes entró en vigor el Convenio sobre el trabajo marítimo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), luego de que fuera ratificado por 40 Estados miembros.
El Convenio regularás las condiciones de marinos y gente de mar en más del 75 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante mundial y constituye ahora el principal instrumento jurídicamente vinculante como norma internacional que establecerá las condiciones mínimas de trabajo y de vida para todos los trabajadores de esos barcos.
Además, constituirá un paso esencial para garantizar condiciones de competencia leal para los armadores de calidad que enarbolan pabellones de los países que lo han ratificado.
Los derechos de los marineros
Conocida como la “Carta de derechos de los marineros”, el Convenio es único en su incidencia tanto para los marineros como para los armadores de calidad.
El Convenio fija en un sólo instrumento el derecho de marinos y marineros a condiciones de trabajo decentes en casi todos los aspectos de su entorno laboral y vital, incluyendo, entre otros, la edad mínima, los acuerdos laborales, las horas de descanso, el pago de salarios, las vacaciones anuales pagadas, la repatriación a término de contrato y la atención medica a bordo.
Además el uso de servicios privados autorizados de contratación y colocación, el alojamiento, la alimentación y el servicio de comidas, la protección de la seguridad y la salud y la prevención de accidentes, y los procedimientos de tramitación de quejas de los marineros.
El cuarto pilar
El instrumento fue concebido para ser aplicado globalmente, siendo de fácil comprensión y actualización y de aplicación uniforme, para convertirse en el “cuarto pilar” del régimen normativo internacional garante de un transporte marítimo de calidad y para complementar los convenios fundamentales de la Organización Marítima Internacional (OMI), que tratan de la seguridad y protección de los buques y de la protección del medio ambiente marino.
Requisitos estrictos
El Convenio fue adoptado con requisitos exigentes para su entrada en vigor a fin de garantizar que genere un cambio real para los marineros y los armadores y evitar que sea percibido como un “tigre de papel”. La preocupación era la de garantizar que obtuviese un fuerte respaldo por parte del sector marítimo – sobre todo de los Estados del pabellón – antes de su entrada en vigor.
El Convenio exige que los buques comerciales de arqueo bruto igual o superior a 500 toneladas, regidos por sus disposiciones, deberán, si realizan viajes internacionales, llevar a bordo, entre otras cosas, dos documentos específicos: un Certificado de Trabajo Marítimo (CTM) y una Declaración de Conformidad Laboral Marítima (DCLM) que ofrezcan pruebas “prima facie” (a primera vista) de que los buques cumplen los requisitos del Convenio.
Inspecciones de buques
Estos dos documentos estarán sujetos a inspección cuando los buques entren en los puertos de otros países que hayan ratificado el Convenio. Además, los buques que enarbolan el pabellón de países que no hayan ratificado el Convenio también estarán sujetos a inspección en lo relativo a las condiciones de trabajo y de vida de los marineros cuando entran en puertos de países donde está en vigor. Este enfoque de “trato no más favorable” es un aspecto importante para ayudar a garantizar una competencia.
Bajo las prácticas de la OIT, los Convenios generalmente se convierten en vinculantes en virtud del derecho internacional 12 meses después de que los países hayan registrado las ratificaciones. Para que entrara en vigor este convenio necesitaba registrar al menos 30 ratificaciones de países que representaran como mínimo el 33 por ciento del arqueo bruto de la flota mercante mundial (el requisito del arqueo fue alcanzado en 2009).
Swisslatin / ILO News (20.08.2013)